Vacaciones escolares y toros en 1794
Los próximos días 20, 21y 22 de enero se correrá el toro en la villa de Xàbia con motivo de la festividad del Santo Patrón de la villa. Hasta ahora el dato más antiguo referido a los toros en Xàbia lo tenía cifrado en 1842 cuando el arrendador de las carnes debía comprar un toro destinado a diversiones públicas que en la fiesta del Santo Titular (San Bartolomé) se corría y mataba. Pero ahora hemos encontrado algunos datos que remontan a 50 años más atrás la fiesta de correr el toro.
El 17 de noviembre de 1785 el rey Carlos III dictaba una Real Pragmática sanción en fuerza de ley sobre el uso excesivo de mulas en coches y carruajes y en la que prohibía las fiestas de toros de muerte en todos los pueblos del reino (Gazeta de Madrid de 18 de noviembre de 1785).
Esto nos lleva a reflexionar sobre la distinción que generalmente se hace entre el lidiar y correr. Lidiar lleva implícito el significado de dar muerte al toro lidiado, ya que la lidia es un proceso en la que se va preparando el camino para llegar a la muerte del astado a manos del hombre que lo lidia. En este concepto entra el matiz de pelea o enfrentamiento, cosa que no sucede en la acción de correr el toro, dado que en esta acción se busca la diversión de los mozos con el astado. Si la lidia era algo que efectuaba en siglos anteriores la nobleza, el correr toros era diversión para el pueblo llano. Eran ambas actividades ejercicios preparatorios para la guerra, ya que si la nobleza lidiaba a caballo como propedéutica militar, el pueblo llano se ejercitaba en acciones de acoso y huida teniendo al toro como elemento de prácticas. Luego esas acciones son las que desarrollaría el soldado en el ejército, que además se había nutrido el año 1793 de suficientes hombres para la guerra contra los franceses por aquello de los pactos de familia tras guillotinar a Luis XVI en ese año.
El 21 de enero de 1794 el Ayuntamiento de Xàbia contrata al maestro de primeras letras Florencio Tur, y al contratarlo se le ponen varias condiciones, unas referidas a su horario y enseñanzas y dentro de estas las referidas a los periodos de, diríamos, vacaciones. Esta última es como sigue: "se le reserva dicha obligación de los feriados de costumbre desde el día de Santo Tomás, apóstol hasta el otro día de principio de año, y desde el miércoles santo hasta el miércoles después de pascua, semana de fiestas del mes de octubre y los días que se corra el toro por San Bartolomé, y los días que esté empleado en enseñanza de órgano".
Hay que tener en cuenta que la educación en aquel momento no era obligatoria; eso vendría a partir de la Constitución de 1812; que la enseñanza de primeras letras lo era para chicos y entre 6 y 9 años. ¿Cuántos niños (las niñas no) acudirían a la escuela de primeras letras entre los 6 y los 9 años en aquel momento en que no era obligatorio el que los niños asistieran a la escuela y los padres estaban necesitados de mano de obra para subsistir en una época de penuria y pobreza?
Pues bien en ese párrafo tenemos el periodo vacaciones que cubriría en Pascua, de miércoles santo hasta el miércoles después de pascua; Navidad desde el 21 de diciembre, día de Santo Tomás Apóstol hasta el día siguiente al del comienzo del año, es decir al día 2 de enero. No hay festividad de Reyes. A esto hay que añadir la semana de fiestas de octubre y los días que se corría el toro en San Bartolomé, es decir, unos días en el mes de agosto.
La importancia del texto referido es el indicativo de que en 1794 ya era una fiesta tradicional el correr el toro en Xàbia. Pero tengamos también presente que la villa estaba amurallada y que sólo tenía tres puertas de acceso, lo que nos lleva a creer que esta actividad se ejecutaría en torno a la casa capitular, hoy Ayuntamiento de la villa y nunca fuera de las murallas, ya que fuera había peligro.