La Audiencia Provincial ratifica el sobreseimiento de la denuncia del Ayuntamiento de El Verger contra el exalcalde, Ximo Coll, por la apropiación indebida de dos cuadros, una tablet y un móvil
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha acordado desestimar el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de El Verger contra el sobreseimiento provisional y archivo por parte del Juzgado de Instrucción n.2 de Dénia de las actuaciones llevadas a cabo a tenor de la denuncia de los actuales responsables del gobierno local respecto a una presunta apropiación indebida por parte del exalcalde, Ximo Coll. Denuncia a la que se le asociaba el haber incorporado a su patrimonio privado de dos cuadros, una táblet y un teléfono móvil en su etapa al frente de la alcaldía.
El hecho, que en su momento propició la apertura de un expediente en el consistorio vergelense al aparecer las litografías en cuestión en una foto de un medio digital que reflejaba el interior de la vivienda en la que Coll residía en el vecino municipio de Els Poblets, fue denunciado ante el juzgado de instrucción por el equipo de gobierno presidido por Josep Basili Salort de Compromís, el 7 de julio de 2023 a pocas semanas de volver a acceder este a la alcaldía del municipio tras las elecciones municipales.
La causa, a la que se unieron los dispositivos electrónicos aludidos, fue asignada al juzgado de instrucción n.2 de Dénia cuyo personal procedió a la pertinente apertura de diligencias con toma de declaración a investigado y testigos como la propia autora de una de las obras, Julia Ribas, el secretario de la Fundació Baleària, y la técnica municipal de informática, además del cotejo de los informes emitidos por la secretaria-intervención municipal respecto a la cuestión. Diligencias en cuyo transcurso Coll atendió al requerimiento de devolución por parte del Ayuntamiento tanto de las obras artísticas en cuestión como de los dispositivos electrónicos.
“SIN INTENCIÓN DE INCORPORAR A SU PATRIMONIO LOS OBJETOS”
Este último extremo llevó al titular del juzgado a considerar que “se desprende que no existía intención por el investigado de incorporar a su patrimonio los mencionados objetos, por ello, no existen indicios de criminalidad contra el mismo en relación a los mismos, dado que es requisito esencial para la concurrencia de la infracción penal denunciada la existencia de dolo y en el presente caso no hay indicios de ello”. Circunstancia que, según reza la sentencia, tampoco se apreciaba en lo concerniente a los referidos dispositivos, en cuanto, según establece el auto “valorando conjuntamente todas las diligencias practicadas no hay indicio alguno de que el investigado se apropiara de la tablet entregada, dado que el mismo manifiesta que la devolvió y al no firmarse documento alguno de devolución, ni existir testigo alguno que le haya visto llevarse la misma, ni ninguna otra diligencia que lo acredite, no hay indicio alguno de que se la apropiara y, por ello, no hay indicio de criminalidad contra el mismo”
Tales diligencias, concluyeron con el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones el 28 de mayo de 2024 por parte del titular del juzgado n 2 de Dénia del 28 del 5 de 2024 que acordaba el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones
AUSENCIA DE REGISTRO EN EL INVENTARIO MUNICIPAL
No obstante, los integrantes del equipo de gobierno de El Verger persistieron en su voluntad de hacer responsable a Coll, pese a la impugnación de su recurso por parte de la fiscalía, con lo que lo elevaron a una Audiencia Provincial que ha dirimido finalmente la causa en favor de la inocencia del exalcalde. Instancia judicial que, en su acuerdo, hace notar expresamente algunas deficiencias e irregularidades en el funcionamiento del Ayuntamiento de El Verger. Entre ellos, hace especial hincapié en la declaración de la técnica informática municipal donde se reseña que “siendo ella la persona que entregó los dispositivos al investigado, ni se firmó documento alguno ni tampoco cuando se procedió a la devolución, resultando que para poder conocer en qué calidad se proporciona por la entidad pública, en la que presta servicios, a una autoridad o funcionario algún objeto para la realización de sus funciones, máxime cuando es susceptible de deterioro o daño por el uso o de depreciación considerablemente, se documente la entrega y se consigne la calidad en la que se hace y si ha de devolverlo tras su uso, sea cual sea el estado en que se encuentre, o bien no tenga tal obligación de devolución por su escaso valor después de su utilización”.
Además, el tribunal incide en que “tanto los cuadros como los aparatos no figuraban en el inventario de Bienes del Patrimonio Municipal del Ayuntamiento de El Verger, lo que podía dar lugar a confundir, por lo que atañe a los cuadros, si se trataba de una donación o regalo como atención personal socialmente admitida, habida cuenta que no consta su valor económico, lo que en cualquier caso, devueltos por el investigado, es irrelevante penalmente”.
“UN CASO DE VALOR RIDÍCULO”
El auto, comunicado este martes a las partes, ha sido acogido por Coll “más con tristeza que con alivio, porque siempre he tenido la conciencia tranquila”, según apuntaba a CANFALI MARINA ALTA, “aunque siempre supone una satisfacción ver refrendada la honradez que siempre trate de observar al frente de esa alcaldía en la que en su día me colocaron mayoritaria y democráticamente los ciudadanos de El Verger, cosa que no pueden decir todos los que, por acción u omisión, han urdido este lamentable conspiración”.
Para el exalcalde “este sainete no tenía otro fin que conseguir mi inhabilitación definitiva para la política activa, por el temor a que decidiese volver por parte de algunos personajes, cuya falta de nobleza los hace indignos de representar a los ciudadanos de El Verger”.
Sobre si la decisión judicial a su favor puede propiciar un posible retorno a la primera línea de la política municipal, incide en que “yo siempre he tenido la conciencia muy tranquila tanto cuando adquirí la responsabilidad de encabezar una lista para tratar de servir a mis convecinos, como cuando presenté mi dimisión a causa de las presiones y la falta de respaldo del partido por el que comparecí, y con ello, a día de hoy, he intentado ganar en tranquilidad y sosiego, aunque algunos, en su enfermiza obsesión, parecen empeñados en no dejarme”.
Coll afirma “he acogido con resignación que me hayan hecho gastar dinero de mi bolsillo en abogados y procuradores cuando a los causantes de este despropósito se los paga el Ayuntamiento, o sea, todos los censados y residentes en el municipio”. A su juicio “a los integrantes del actual equipo de gobierno Compromís-PSPV más les valdría mostrar tanta inquietud como lo han hecho en un caso de valor ridículo como era este si lo comparamos con a las varias decenas de miles de euros que cierto concejal hizo desaparecer de las arcas municipales sin que, de momento, hayan quedado justificadas ni aclarada la cuestión, porque es ahí donde deberían observar más diligencia en aras a la responsabilidad que para alguno se deriva, tanto de cara a los contribuyentes, como a los tribunales por malversación”.