El Tribunal de Estrasburgo da la razón a los propietarios de una casa que se subastó sin su conocimiento 

El Tribunal de Estrasburgo da la razón a los propietarios de una casa que se subastó sin su conocimiento 
  19/01/2021

Señala que la notificación en el tablón de anuncios del juzgado fue insuficiente 

 

Dos ciudadanos holandeses, Hans Johannes Klopstra y su esposa, han obtenido el respaldo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tras quedar demostrado que no recibieron ninguna notificación de la subasta de su vivienda de Xàbia. El fallo judicial considera que las autoridades españolas “no fueron diligentes” a la hora de comunicar el procedimiento a los propietarios. 

Es la segunda sentencia de este tipo que emite el Tribunal de Estrasburgo. En este caso, el demandante y su esposa firmaron en agosto de 2003 un préstamo hipotecario por un importe de 350.000 euros con el Barclays Bank con el fin de financiar la construcción de una vivienda en Xàbia y cubrir el que tenían suscrito con otra entidad bancaria. En el documento aparecía su domicilio en Alemania, aunque se especificaba que las notificaciones en España se tendrían que dirigir a la dirección de la parcela de Xàbia. En febrero de 2012 el banco les envió dos burofaxes comunicando que había decidido rescindir el contrato por haber incumplido el pago de las cuotas mensuales desde el año anterior. La entidad les reclamó el total de la cantidad adeudada, 190.461 euros. 

El primer fallo se produjo cuando Correos dejó una aviso en el buzón de la parcela de que debían recoger los burofaxes en la oficina, si bien los propietarios no acudieron ya que residían fuera de España. Posteriormente, el banco presentó una demanda ante el Juzgado número 2 de Dénia, que a su vez solicitó la colaboración del juez de paz de Xàbia para citar a los afectados en la dirección de la parcela, aunque el domicilio correcto había variado y se correspondía con el de la vivienda. Se les quiso citar a través del servicio postal ordinario, si bien Correos indicó que la notificación no había tenido éxito debido a “la insuficiencia de datos de la dirección”. Ante esta circunstancia, se publicó un anuncio en el tablón de anuncios del juzgado.

En 2013, el juzgado de Dénia subastó la casa por 219.400 euros, un precio muy inferior al de salida. Pero el matrimonio se enteró más tarde porque la notificación solo se había colocado en el tablón de anuncios del Palacio de Justicia, sin tener la oportunidad de presentar una oferta más alta. Por este motivo, presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que no lo admitió.

En la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos, se indica que “no existe en el expediente ningún elemento que demuestre que el demandante había sido informado del proceso en su contra y su esposa, aun cuando el resultado del proceso pudiera haber tenido consecuencias indeseables para ellos”. Puntualiza que “el Juzgado de Dénia “no consideró la posibilidad de intentar encontrar la dirección correcta de la casa del demandante en Xàbia y no buscó en el sistema de información interno de los tribunales. para cualquier dirección alternativa; en cambio, ordenó directamente que la notificación se notificara mediante un anuncio público”.

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