La concejala de Territorio de Dénia aún no ha decidido si acatará la orden para corregir la forma de dar licencias urbanísticas 

La concejala de Territorio de Dénia aún no ha decidido si acatará la orden para corregir la forma de dar licencias urbanísticas 
  22/11/2022

“Se está estudiando el informe de Conselleria para ver si la guía tiene margen de mejora” 

Tras un silencio de varios días, la concejala de Territorio, Maria Josep Ripoll, ha reaccionado un publico tras la notificación de la Conselleria, que reprueba al Ayuntamiento por aplicar criterios del futuro Plan General a la hora de dar licencias urbanísticas. En declaraciones a Radio Dénia, y sin reconocer que existen errores o irregularidades en el procedimiento, Ripoll ha asegurado que “se está estudiando el informe para ver si la guía de tramitación de licencias tiene margen de mejora”. 

La concejala ha manifestado este martes que el Ayuntamiento está realizando “un esfuerzo” para que se puedan seguir concediendo licencias después de la anulación de las NUT, que dejó al municipio sin planeamiento. Ha señalado que la Asociación de Promotores tiene derecho a acudir a los tribunales “si creen que esta guía no cumple con sus expectativas”. En su opinión, el documento que regula la forma de dar licencias mientras no haya planeamiento responde a “un esfuerzo que hace el Ayuntamiento para no paralizar la actividad urbanística”. Ha añadido que la guía ofrece marco para hacer posible la tramitación de los permisos.

Ripoll ha puntualizado que el equipo de gobierno ha venido tomando medidas para “sacar el máximo número posible de licencias” desde la voluntad de que “el sector continúe siendo importante en nuestra ciudad”.  

Como ya publicó CANFALI MARINA ALTA, el director general de Urbanismo, Vicente García Nebot,  remitió la semana pasada una notificación al Ayuntamiento de Dénia en la que afea el procedimiento que se está siguiendo para dar licencias desde que se anularon las NUT. García Nebot requiere a los responsables municipales que eliminen “cualquier referencia” al Plan General como criterio a tener en cuenta en los Estudios de Integración Paisajística que sean presentados. Tienen un mes de plazo para cumplir esta orden. 

Desde la Conselleria se rechaza que el Ayuntamiento exija que los Estudios de Integración Paisajística (EIP) tengan en cuenta criterios del Plan General Estructural, porque aún se está tramitando. Al respecto, la Conselleria puntualiza que “la competencia para la aprobación definitiva del PGE del municipio de Dénia le corresponde a la Generalitat. Sin embargo, el hecho de que la Guía remitida por el ayuntamiento de Dénia efectúe una referencia al PGE en tramitación dando a entender que sus determinaciones y contenido han de ser de obligatoria observancia para los EIP, tiene como consecuencia que tales determinaciones se constituyen en criterio para el otorgamiento de licencia; ello aun cuando el PGE en tramitación carece de validez y eficacia al no haber sido aún aprobado por la Generalitat”. Al hilo de esta consideración, se pone de manifiesto que, en caso de otorgarse licencia teniendo en cuenta las determinaciones del Plan General, como ya está ocurriendo, “se produciría una invasión municipal de las competencias de la Generalitat, al dificultarse el ejercicio - por parte de ésta- de la potestad que, en materia de planeamiento urbanístico y ordenación del territorio, reconoce el artículo 148.1.3ª de la Constitución española, con vicio de nulidad resultante para aquellas resoluciones declarativas en virtud de lo dispuesto en el artículo 47.1.b) LPACAP 14 o, en el mejor de los casos, de anulabilidad al haber incurrido el ayuntamiento en desviación de poder del artículo 48.1 LPACAP”. Por este motivo, la dirección general de Urbanismo advierte de que la consecuencia será “la responsabilidad patrimonial del ayuntamiento y la más que posible asunción municipal de indemnizaciones, por lo que no se entiende el empeño de aquél en anticipar el PGE antes de que esté aprobado”.

El escrito señala que “si al Ayuntamiento le preocupa que el otorgamiento de licencias -con EIP conforme al criterio de “inercia historicista”- pueda comprometer determinaciones del futuro PGE, debería manifestarlo así a la Generalitat con explicación puntual y razonada para cada supuesto concreto, al objeto del eventual ejercicio de la posibilidad prevista en el artículo 69.3 de la TRLOTUP”.

 

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